
Si te llaman desde un número que empieza por estas tres cifras, ya sabes quién es: la norma que se aplica desde este sábado
Desde el 17 de octubre, las llamadas comerciales de las grandes empresas y de los sectores básicos solo pueden hacerse desde un rango concreto. Qué dice el BOE, quién está obligado y qué no cambia.

Número de ejemplo. Gráfico: TieneLore con datos del BOE.
Si este fin de semana te suena el móvil y en la pantalla aparece un número que empieza por unas cifras concretas, ya puedes saber quién está al otro lado antes de descolgar. Desde este sábado 17 de octubre se aplica en España una norma que cambia la forma en que las grandes empresas pueden llamarte para venderte algo.
Es el final del plazo de seis meses que fijó una resolución publicada en el https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-8409 en abril, que desarrolla la Ley 10/2025 de servicios de atención a la clientela.
Qué empresas están obligadas
La norma afecta a las empresas incluidas en la ley de atención a la clientela. Según la OCU, son:
- Las de sectores básicos: luz, gas, agua, telecomunicaciones, transporte, servicios postales y servicios financieros.
- Las grandes empresas que venden a consumidores, con más de 250 trabajadores o más de 50 millones de euros de facturación.
Las comercializadoras de telecomunicaciones y energía más pequeñas, por debajo de esos umbrales, quedan fuera.
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Lo que dice la norma, punto por punto
- Un solo rango: esas empresas «no podrán utilizar ningún otro rango de numeración» para hacer llamadas comerciales. Ni fijos geográficos, ni móviles, ni números 800 o 900.
- Solo para llamar: los números de ese rango son «exclusivamente» de salida. No se pueden usar para atención al cliente.
- Sin devolución: la norma prohíbe establecer llamadas hacia esos números. Si te llaman, no podrás devolver la llamada.
- Bloqueo: los operadores podrán ofrecer a sus clientes, si lo piden, la desconexión de todas las llamadas comerciales de ese rango.
- Vigilancia: la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) supervisa que se cumpla.
Lo que no cambia
La norma ayuda a identificar las llamadas, pero no las convierte en legales. Para que una empresa pueda llamarte con fines comerciales sigue necesitando tu consentimiento previo, como exige la Ley General de Telecomunicaciones. La OCU ha advertido de que la medida no será suficiente sin un registro público que permita saber qué empresa hay detrás de cada número y sin sanciones disuasorias.
Además, las estafas telefónicas no suelen seguir las normas. Si alguien te llama desde un número normal diciendo ser tu banco o tu compañía de la luz, desconfía: una gran empresa que quiera venderte algo ya no puede hacerlo así.
El número que tienes que recordar
A partir de hoy, las llamadas comerciales de esas empresas solo pueden llegar desde un número que empiece por 400. Si ves esas tres cifras en la pantalla, es publicidad. Y si una de esas grandes empresas te llama para venderte algo desde cualquier otro número, está incumpliendo la norma y puedes reclamar.
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