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Gonzalo Bernardos, economista, sobre el decreto de vivienda: «¿Tienen algún incentivo los inquilinos vulnerables para pagar? En principio, ninguno»

El economista ve «el truco» en la compensación que pagarán las comunidades a los caseros. Lo que dice exactamente el BOE y el ejemplo de L'Hospitalet.

Gonzalo Bernardos, en un círculo, sobre la fachada de un bloque de pisos con ropa tendida y un cartel de Se alquila

Gonzalo Bernardos. Montaje: TieneLore.

Marta Salcedo octubre 8, 2026 5 min

El economista Gonzalo Bernardos, profesor titular de la Universidad de Barcelona, ha encontrado «el truco» en uno de los decretos de vivienda del Gobierno. En una serie de mensajes en X, publicados entre el miércoles y este jueves, advierte de que la nueva norma puede acabar animando a algunos inquilinos vulnerables a dejar de pagar: «A partir de ahora, ¿tienen algún incentivo los inquilinos vulnerables para pagar la renta de alquiler? En principio, ninguno. Porque si ellos no pagan, en teoría lo hará la comunidad autónoma. En otras palabras, el resto de los españoles».

Qué dice exactamente el decreto

La medida a la que se refiere está en el artículo 2 del Real Decreto-ley 29/2026, que entra en vigor este jueves 8 de octubre. Según el texto del BOE:

  • Hasta el 31 de diciembre de 2030, si un juez ve que el inquilino demandado es vulnerable y no tiene alternativa de vivienda, pide a la administración que se la busque. Si no la hay, suspende el desahucio. La suspensión se revisa cada año y dura como máximo tres años.
  • Mientras tanto, si el casero es una persona física (o una empresa de alquiler asequible o social), el juez ordena que la administración competente en vivienda, en la práctica la comunidad autónoma, le pague una compensación.
  • Esa compensación cubre «como máximo, la renta contractual dejada de percibir», los suministros impagados y las costas del juicio. No se compensa el lucro cesante ni los daños morales.
  • Si la administración se retrasa en pagar, tiene que abonar intereses.
  • Y una frase que conviene leer despacio: «La suspensión o la compensación no supondrán la desaparición de la obligación de mantenerse al corriente de la renta debida». Es decir, el inquilino sigue debiendo el alquiler.
  • El Estado ayudará a las comunidades a pagarlo con la línea de ayudas para impagos del Real Decreto 1135/2025.

Hay una excepción: si el casero es una persona física con una o dos viviendas y es él quien está en situación vulnerable, el desahucio puede seguir adelante.

Dónde ve Bernardos «el truco»

En otro hilo, el economista explica por qué la medida, que «a priori suena bien», no le convence:

«La Administración te pagará menos de lo que figura en el contrato y ves a saber cuándo lo hará. La rapidez jamás ha estado entre sus virtudes. Además, es probable que te pague unos meses sí y otros no», escribe. El BOE fija el tope en la renta del contrato («como máximo»), pero no establece un plazo concreto para que la comunidad pague, más allá de los intereses de demora.

El ejemplo de L’Hospitalet

Para defender su tesis de que el impago «se contagia», Bernardos pone un ejemplo de este jueves:

Según el economista, de los 250 pisos que el Ayuntamiento de L’Hospitalet de Llobregat tiene en alquiler, solo 11 familias pagan, porque muchas «dejaron de pagar por imitación» y no querían ser «primos». «El Ayuntamiento de Hospitalet no hizo nada relevante para conseguir que las primeras familias que dejaron de pagar el alquiler volvieran a hacerlo. Entonces, para ellos el riesgo de impago disminuyó a cero. Son unos héroes las 11 familias que siguen pagando», añade. TieneLore no ha podido confirmar esas cifras con el Ayuntamiento; en 2025, El Debate ya informó de que la ciudad acumulaba una deuda de 2,3 millones de euros por impagos en sus pisos de alquiler social.

Lo que puede pasar ahora

El decreto está en vigor desde este jueves, pero el Congreso tiene que convalidarlo. Como las Cortes están disueltas por las elecciones del 29 de noviembre, lo votará la Diputación Permanente, previsiblemente el 16 de octubre, según Expansión, que adelanta que el PNV votará a favor. Si lo tumba, la medida decaerá.

Lo más importante si eres casero o inquilino

Si eres un pequeño propietario y tu inquilino vulnerable deja de pagar, el desahucio puede quedar en pausa hasta tres años, y la comunidad autónoma debería pagarte como máximo lo que marca el contrato, más suministros y costas, sin plazo de pago fijado en el decreto. Si eres inquilino, la ley es clara: la deuda del alquiler no desaparece aunque se suspenda el desahucio. Bernardos cree que, en la práctica, muchos no la pagarán. El decreto dice lo contrario. La Diputación Permanente decidirá el 16 de octubre si la norma sigue adelante.

Marta Salcedo

Lo que pasa hoy, contado sin rodeos. Marta separa el ruido de la noticia y te lo deja claro en tres párrafos: qué ha pasado, por…

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