Gonzalo Bernardos, economista: «Estaría bien que los propietarios explicaran a sus inquilinos por escrito que un contrato de alquiler no equivale a un usufructo vitalicio»
El profesor de la Universidad de Barcelona ha cargado en X contra el decreto de vivienda tras el caso Maricarmen. Qué dice exactamente la ley sobre cuánto dura un alquiler.
Montaje de TieneLore. Fondo: imagen ilustrativa generada con IA.
El economista Gonzalo Bernardos se ha convertido en una de las voces más críticas con la respuesta del Gobierno al caso de Maricarmen, la vecina de 87 años desahuciada del piso del Retiro en el que vivía de alquiler desde hacía 70 años. En su cuenta de X, el profesor de la Universidad de Barcelona ha publicado varios mensajes en los días previos a la aprobación del decreto de vivienda, que el Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes.
Lo que ha dicho Bernardos
El sábado 27 de septiembre escribió: «Me parece increíble que una parte de la población crea que el Gobierno, que es el principal culpable de la escasa oferta de alquiler, va a ser quien solucione los problemas actuales de acceso a una vivienda».
Al día siguiente fue más lejos: «Estaría bien que los propietarios explicaran a sus inquilinos por escrito que un contrato de alquiler no equivale a un usufructo vitalicio». Y añadió: «Un inquilino que ha vivido 30 años en una vivienda, si no dispone de un contrato de renta antigua, no tiene más derechos que el que lo lleva haciendo desde hace tres años».
¿Tiene razón? Lo que dice la ley
En lo estrictamente jurídico, Bernardos describe la norma general. Con la Ley de Arrendamientos Urbanos vigente, un alquiler de vivienda se prorroga obligatoriamente hasta cinco años (siete si el casero es una empresa) y, después, puede seguir tres años más por prórroga tácita si nadie lo denuncia. Pasado ese tiempo, el propietario puede no renovar aunque el inquilino lleve décadas en la casa. La antigüedad por sí sola no da más derechos.
La gran excepción son los llamados contratos de renta antigua, firmados antes del 9 de mayo de 1985, que tenían prórroga forzosa y que todavía hoy protegen a muchos inquilinos mayores. Por eso Bernardos los menciona expresamente.
Lo que cambia con el decreto
El decreto aprobado este martes va justo en la dirección contraria a lo que defiende el economista: prorroga dos años los contratos de alquiler vigentes, amplía la protección frente a desahucios de personas vulnerables hasta 2030 y regula el alquiler de temporada y por habitaciones. La ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, lo justificó diciendo que parar los desahucios «es un clamor que tenemos que asumir todos los grupos políticos».
Desde el otro lado, el Sindicat de Llogateres avisa de que no se conformará: «Esto es solo el principio», dijo su portavoz Carme Arcarazo, que añadió que «cuando la gente sale a la calle las cosas cambian».
Qué pasa ahora
El real decreto-ley tiene que ser convalidado por el Congreso. El Gobierno ha pedido un pleno extraordinario para este viernes y el PP ya ha anunciado su voto en contra, así que la prórroga de los alquileres dependerá de lo que decidan el resto de grupos. El caso de Maricarmen, al menos, ha tenido final feliz: ha aceptado un acuerdo para volver a su casa con un nuevo contrato.
Foto principal: Montaje de TieneLore. Fondo: imagen ilustrativa generada con IA.