Es oficial: si tienes un examen en la universidad y te pasa una de estas cosas, tienen que cambiarte la fecha
El BOE publica el nuevo Estatuto del Estudiantado Universitario, que entra en vigor el 23 de octubre. Atención psicológica gratuita, derecho al paro académico, revisión de notas y los motivos por los que te tienen que dar otra fecha de examen.
Imagen ilustrativa generada con IA.
En España hay 1.891.300 estudiantes universitarios, según los datos del curso 2025-2026, un 22 % más que a principios de siglo, y repartidos ya entre 98 universidades. Sus derechos y deberes se regían hasta ahora por un estatuto aprobado en 2010, cuando nadie hablaba de inteligencia artificial ni de salud mental en las aulas. Eso cambia este viernes. El Real Decreto 855/2026, publicado este jueves 22 de octubre en el BOE, aprueba el nuevo Estatuto del Estudiantado Universitario y entra en vigor al día siguiente de su publicación.
Lo que cambia de un vistazo
- Atención psicológica gratuita. El estatuto reconoce el derecho a la orientación y atención psicológica y de salud mental en la universidad, que «será gratuita y accesible», en coordinación con los servicios públicos de salud.
- Derecho al paro académico. Los estudiantes podrán declarar paros totales o parciales. La declaración la hace el órgano de representación estudiantil y cada universidad fijará las condiciones, «respetando el derecho a la educación» de quien quiera seguir yendo a clase.
- Compaginar estudios y trabajo. Es un derecho expreso, con el límite de las posibilidades organizativas de cada universidad.
- La IA, en los deberes. Entre las obligaciones del alumno aparece abstenerse de cometer fraude en exámenes y trabajos, «en especial mediante un uso inapropiado de la inteligencia artificial generativa».
Exámenes y notas: lo que te tienen que garantizar
La parte más práctica del estatuto está en los artículos dedicados a la evaluación. La referencia pasa a ser la evaluación continua, aunque cada universidad puede mantener exámenes finales u otros formatos según la asignatura. Además:
- Tendrás al menos dos convocatorias por asignatura y curso, una ordinaria y otra extraordinaria.
- Los criterios de evaluación deben ser públicos y estar en la guía docente, que tienes derecho a conocer antes de matricularte.
- El calendario de exámenes no podrá cambiarse salvo por imposibilidad sobrevenida.
- Al terminar un examen, tienes derecho a que te den un justificante de haberlo hecho.
- Junto a las notas se publicará el lugar, la fecha y la hora de la revisión, que debe poder hacerse antes de que se cierren las actas. En ella, el profesor tiene que explicarte la calificación y debes poder ver el examen.
- Si no estás de acuerdo, puedes presentar una reclamación. La tiene que resolver un profesor u órgano distinto de quien te evaluó.
Si no puedes ir al examen
Y aquí está una de las novedades que más interesan a cualquier universitario. El artículo 22.6 enumera los casos en los que, si no puedes presentarte a una prueba programada, tienes derecho a que te fijen otro día y otra hora:
- motivos de salud importantes, debidamente justificados;
- cuidado de personas dependientes a tu cargo;
- fallecimiento o enfermedad grave de un familiar directo;
- que te coincida con otro examen de la carrera;
- que te coincida con una oposición o con un examen oficial de validez estatal;
- una citación judicial;
- reuniones de los órganos de representación estudiantil, si eres representante;
- y otros motivos que recoja la normativa de tu universidad.
El mismo artículo añade algo que muchos alumnos no saben: esos mismos motivos justifican también faltar a clase sin que te puedan penalizar por ello.
La letra pequeña: el estatuto es una norma básica para todo el país, pero muchos detalles, como los plazos o cómo justificar cada caso, los concreta la normativa de evaluación de cada universidad. Si tienes un examen a la vista y te ocurre alguna de estas situaciones, lo práctico es avisar cuanto antes al profesor o a la secretaría del centro y guardar el justificante.
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