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Es oficial: puedes cobrar la pensión y seguir trabajando: la Seguridad Social paga desde el 45% hasta el 100% según los años que retrases la jubilación

La reforma de la jubilación activa premia a quien espera: cuanto más tarde te jubiles, más porcentaje de pensión puedes cobrar mientras trabajas. Así funciona y qué otras fórmulas hay.

Es oficial: puedes cobrar la pensión y seguir trabajando: la Seguridad Social paga desde el 45% hasta el 100% según los años que retrases la jubilación

Foto: <a href="https://commons.wikimedia.org/wiki/File:Munch_-_Carpenters_in_the_Studio,_1920,_MM.M.00157.jpg" target="_blank" rel="noopener">Edvard Munch</a> · Dominio público · vía Wikimedia Commons (redimensionada)

Marta Salcedo septiembre 30, 2026 2 min

Cada vez más personas quieren, o necesitan, seguir trabajando después de jubilarse. Y la Seguridad Social lo permite. Desde la reforma que entró en vigor en abril de 2025, la jubilación activa deja cobrar una parte de la pensión a la vez que el sueldo, con una escala que premia a quien retrasa el retiro.

La escala: del 45% al 100%

El porcentaje de pensión que se cobra mientras se trabaja depende de cuánto tiempo se haya demorado el acceso a la jubilación desde la edad ordinaria:

  • 1 año de demora: 45% de la pensión.
  • 2 años: 55%.
  • 3 años: 65%.
  • 4 años: 80%.
  • 5 años o más: 100%.

Además, ese porcentaje sube 5 puntos por cada año completo que sigas en jubilación activa, hasta el 100%. La propia Seguridad Social pone un ejemplo: quien vuelve a trabajar dos años después de su edad de jubilación cobra el 55% de la pensión además del sueldo, y ese porcentaje va subiendo hasta el 100% al quinto año.

La reforma también eliminó un requisito que dejaba fuera a mucha gente: antes había que haber cotizado lo suficiente para tener derecho al 100% de la pensión. Ya no.

Otras tres fórmulas para combinar pensión y trabajo

  • Jubilación demorada: si no te jubilas al llegar a la edad ordinaria, tu pensión futura aumenta un 4% por cada año de retraso, o puedes cobrar un pago único.
  • Jubilación flexible: si ya estás jubilado y vuelves a trabajar a tiempo parcial, la pensión se reduce en proporción a la jornada.
  • Jubilación parcial: permite reducir jornada antes de jubilarte del todo y cobrar parte de la pensión.

Existe también una vía para pequeños trabajos por cuenta propia: si los ingresos anuales no superan el salario mínimo interprofesional, son compatibles con la pensión completa.

Antes de decidir

Cada caso tiene sus requisitos (edad, cotizaciones, tipo de trabajo), y combinar pensión y sueldo tiene efectos en el IRPF. Lo recomendable es pedir un informe de vida laboral, usar el simulador de pensiones de la Seguridad Social o pedir cita en un CAISS antes de dar el paso.

Imagen: «Carpinteros en el estudio», de Edvard Munch (1920). Foto: Edvard Munch · Dominio público · vía Wikimedia Commons (redimensionada).

Marta Salcedo

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